miércoles, 17 de mayo de 2017

La publicidad de los Servicios Profesionales de Naturopatía realizada con rigor y ajustada la legislación vigente en materia de publicidad es un buen indicador de la identidad Profesional

La publicidad de los Servicios Profesionales de Naturopatía realizada con rigor y ajustada la legislación vigente en materia de publicidad es un buen indicador de la identidad Profesional; identidad que los Profesionales Naturópatas Colegiados promocionamos constantemente para conocimiento de los usuarios de los Profesionales de Naturopatía a quienes ofertamos nuestros servicios desde la excelencia y profesionalidad, que en todo momento garantiza la Organización Colegial Naturopática.

La publicidad de los Servicios Profesionales de Naturopatía queda recogido en el Código Deontológico de la Profesión Naturopática de la Organización Colegial Naturopática, recogidas en los artículos que van del 87 al 107; en tres capítulos: De la Publicidad (art. 87 al 97); Letreros de Consulta y Especificaciones Suplementarias (art. 98 al 103); y Denominaciones Especiales (art. 104 al 107).

El cómo publicitamos los Servicios Profesionales de Naturopatía es la forma de identificarnos como Profesión al servicio de la sociedad, explicando quienes somos, que hacemos y cómo lo hacemos; manteniendo en todo momento los recogido en, por ejemplo en el art 87 del Código Deontológico de la Profesión Naturopática: "Cualquier acción publicitaria se ajustará a las condiciones de rigor profesional, honestidad y discreción que el ejercicio exige y la Organización Colegial Naturopática reclama, así como a las normas legales vigentes".

Además la imagen que transmitimos a la sociedad de nuestro quehacer profesional también queda explicitado en la publicidad que realizamos, y para ello en el art. 88 del Código Deontológico de la Profesión Naturopática queda recogido: "La publicidad ha de ser objetiva y veraz, de modo que no levante falsas esperanzas o propague conceptos infundados".

Y, para terminar, en el articulo 100 del Código Deontológico de la Profesión Naturopática se recoge en los siguientes términos "Queda prohibido poner en el letrero cualquier término que aluda a Medicinas Alternativas, Medicina Natural, Medicina Biológica, Técnicas Naturales, Medicina Holística, Terapias Naturales, Medicinas Complementarias, Medicina de la Nueva Era, Técnicas Sanitarias Alternativas, Paramedicinas, Medicinas Paralelas, Medicina Blanda, Terapias Energéticas, Terapias Biológicas, Medicina Energética, Terapias Alternativas, Terapias Holísticas y cualquier termino que de lugar a confusión con las profesiones sanitarias recogidas en el ordenamiento jurídico español."

Por tanto la forma de publicitar los Servicios Profesionales de Naturopatía está ligada, inevitablemente, con el lenguaje Naturopático, el cual es la forma de poder expresar nuestros conocimientos que permiten perfeccionar las prácticas cotidianas mediante una descripción, explicación y predicción de los fenómenos, comunes en nuestra profesión. Este lenguaje, nos permite desarrollar guías para la práctica, la investigación, la administración, la docencia en Naturopatía y la publicidad de la Práctica Profesional Naturopática

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